Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180111-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1

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Leganés número 1. Procedimiento 87 de 2012, notificación a Gileón 2, S. L.

EDICTO

Doña Victoria de la Antigua Correas Castillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 87 de 2012, instados por la procuradora doña Cayetana de Zulueta Luchsinger, en nombre y representación de “Inversiones Alaska, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra “Gileón 2, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado el 25 de mayo de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando sustancialmente la demanda presentada por la procuradora de los Tribunales doña Cayetana Zulueta Luchsinger, en nombre y representación de las entidades “Alius Leganés, Sociedad Limitada” e “Innova Investigación y Salud, Sociedad Anónima”, contra la entidad mercantil “Gileón 2, Sociedad Limitada”, declaro la resolución contractual de sendos contratos de compraventa suscritos por las partes el 31 de enero de 2008 (documentos 1 y 2 de la demanda), siendo el objeto de compraventa de un despacho profesional construido sobre la parcela TO-1 (terciario oficinas) número 4, resultante del proyecto de compensación del polígono PP 10, “Sur M-50”, perteneciente al término municipal de Leganés, así como plaza de garaje construida dentro de dicho edificio, situada en sótano 1, plaza número 46.

Asimismo, declaro el derecho de “Alius Leganés, Sociedad Limitada” a retener en concepto de penalización por la resolución contractual la cantidad de 35.075 euros, entregada en su día por la entidad “Gileón 2, Sociedad Limitada”, y en virtud de dichos contratos declarados hoy resueltos.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Gileón 2, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Leganés, a 25 de mayo de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/43.643/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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