Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2018

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180111-47

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

47
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de Vicepresidencia número 537/2017, de 14 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de premios deportivos 2017.

De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero.—Podrán ser beneficiarios personas físicas que realicen actividades deportivas individuales en Fuenlabrada, poniendo un acento especial en la atención a los mas jóvenes y que cumplan los siguientes requisitos:

1.o Realizar un deporte de competición en la modalidad individual.

2.o Estar empadronados en Fuenlabrada desde, al menos, dos últimos años (de forma continuada), con anterioridad a la publicación de esta convocatoria.

3.o Disponer de licencia federativa correspondiente a la concesión del citado premio con la que ha representado en el campeonato que ha certificado la Federación, durante la temporada puntuable en la convocatoria (siendo válido que el número de la misma aparezca en dicho certificado), excepto en Deporte Escolar que según la Federación correspondiente no posean licencia.

4.o Los/as premiados/as deberán solicitar el premio según el Campeonato por el mayor logro obtenido, ya que solo tendrán derecho a un premio por deportista y período. En Deporte Escolar también se tendrá en cuenta la Final de la Comunidad de Madrid y en el caso de Deporte Universitario, según normativa.

5.o El premio a conceder está contemplado en base al artículo 6 (según baremo y tipo).

Exclusiones:

6.o Los deportes de equipo, relevos y las competiciones de dobles.

7.o Los deportes no reconocidos por el COE (Comité Olímpico Español).

8.o Los/as participantes de deporte individual que consigan el mejor resultado en las competiciones por equipo, relevos y dobles; los participantes en competiciones de su correspondiente gremio profesional (bomberos, policías,...), así como los Campeonatos de Selecciones Autonómicas, campeonatos por clubs, copas o trofeos o cualquier otra convocatoria que no sea el Campeonato correspondiente según baremo del artículo 6, oficial convocado por las Federaciones Autonómica o Nacional correspondiente.

Segundo.—El objeto de esta convocatoria es recompensar una actuación o actitud de utilidad pública, como son méritos deportivos logrados durante la temporada comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2017, con el siguiente detalle:

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El importe total asignado a estas ayudas asciende a 50.000,00 euros, en la aplicación presupuestaria 4069/341/48000.

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—Se establece como plazo de presentación de solicitudes, desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante diez días hábiles. El lugar de presentación se establece el Registro del Patronato Municipal de Deportes Como documentación necesaria, aparece enumerada en el artículo 3.

En Fuenlabrada, a 28 de diciembre de 2017.—El vicepresidente, Juan Carlos López del Amo.

(03/43.788/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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