Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2018

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180109-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA

20
ORDEN 2278/2017, de 29 de diciembre, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, por la que se concede a doña María Concepción Soria Pla la habilitación profesional en la categoría de cuidador, de conformidad con la Orden 1755/2016, de 8 de noviembre, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, por la que se convocó el procedimiento de habilitación excepcional de profesionales pertenecientes a las categorías de auxiliar de ayuda a domicilio, gerocultor y cuidador en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 1755/2016, de 8 de noviembre, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, se convocó el procedimiento de habilitación excepcional de profesionales pertenecientes a las categorías de auxiliar de ayuda a domicilio, gerocultor y cuidador en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Esta Orden, en su apartado séptimo, establece que, una vez efectuada por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Políticas Sociales y Familia la comprobación de que los solicitantes reúnen los requisitos exigidos y de que aportan la documentación a que se refiere el apartado cuarto, el titular de la citada Consejería resolverá sobre la concesión o denegación de habilitación profesional excepcional en la categoría para la que se hubiera solicitado. Las resoluciones sobre la concesión o denegación de habilitación profesional excepcional serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Mediante la Orden 485/2017, de 11 de abril, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, se resuelve la convocatoria de concesión de habilitación excepcional de profesionales pertenecientes a las categorías de auxiliar de ayuda a domicilio, gerocultor y cuidador en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

En dicha Orden, aunque está acreditado, según obra en el expediente, que doña María Concepción Soria Pla presentó la documentación dentro del plazo establecido en el apartado quinto de la Orden 1755/2016, de 8 de noviembre, y que dicha solicitud reúne los requisitos establecidos en la citada Orden, no aparece la interesada incluida ni en el Anexo I, en el que figuran los interesados a los que se les concede la habilitación profesional en la categoría solicitada, ni en el Anexo II, en el que figuran los interesados a los que se les deniega la habilitación profesional.

En consecuencia, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero

Conceder a doña María Concepción Soria Pla, con DNI 51328448-S, la habilitación profesional en la categoría de cuidadora.

Segundo

La acreditación individual se expedirá en el plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se pondrá a su disposición, en este mismo plazo, en la sede de la Secretaria General Técnica, Subdirección General de Régimen Jurídico, sita en la calle O’Donnell, número 50, segunda planta, Madrid 28009.

Tercero

Ordenar la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La Orden producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Esta Orden pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y contra la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123.1 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Políticas Sociales y Familia en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, en relación con el artículo 123.2 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En Madrid, a 29 de diciembre de 2017.

El Consejero de Políticas Sociales y Familia, CARLOS IZQUIERDO TORRES

(03/31/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180109-20