Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2018

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180108-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

CONTRATACIÓN

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El Molar. Contratación. Formalización contrato recogida animales

Por acuerdo de Junta de Gobierno, de 23 de octubre de 2017, se adjudicó contrato de “Recogida, traslado y mantenimiento de animales abandonados, sueltos y vagabundos”, publicándose su formalización a los efectos del artículo 154 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de El Molar.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

c) Dirección del “perfil del contratante”: http://www.elmolar.org/licitaciones-2/

d) Número de expediente: 69/2017.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: servicios.

b) Descripción: recogida, traslado y mantenimiento de animales abandonados, sueltos y vagabundos.

c) Medio de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

d) Fecha de publicación del anuncio de licitación: 14 de agosto de 2017.

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: abierto.

4. Valor estimado del contrato: 181.500 euros, IVA incluido.

5. Presupuesto base de licitación: el presupuesto máximo para el presente contrato será de 121.000 euros, correspondiendo 21.000 euros al 21 por 100 de IVA y 100.000 euros al importe del contrato.

6. Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación: 23 de octubre de 2017.

b) Fecha de formalización del contrato: 2 de noviembre de 2017.

c) Contratista: “Maikan Canino, Sociedad Limitada”.

d) Importe de adjudicación: 121.000 euros, correspondiendo 21.000 euros al 21 por 100 de IVA y 100.000 al importe del contrato.

e) Duración del contrato: dos años contados desde la fecha de formalización del contrato, prorrogable un año. Siendo susceptible de una prórroga con una duración de un año expresamente acordada, sin que pueda la duración total del contrato exceder de tres años.

En El Molar, a 15 de diciembre de 2017.—La alcaldesa-presidenta, Yolanda Sanz Rojas.

(02/42.039/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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