Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180104-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

86
Madrid número 75. Procedimiento 213 de 2017, notificación a José Augusto Mery Carmen

EDICTO

Doña María Jesús Carasusan Albizu, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia. Divorcio contencioso número 213 de 2017, instados por la procuradora doña Amaya María Rodríguez Gómez de Velasco, en nombre y representación de don José María Martínez Romero, contra don José Augusto Mery Carmen, en reclamación, en los que se ha dictado en fecha 29 de noviembre de 2017 sentencia estimatoria número 491 de 2017, en la que consta que:

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros, necesario para recurrir en apelación en el número de cuenta 2102-0000-02-0213-17, que este Juzgado tiene abierta en “Banco Santander”, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don José Augusto Mery Carmen y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 4 de diciembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/42.286/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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