Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180104-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64

82
Madrid número 64. Procedimiento 180 de 2016, notificación a Gold Bridge, S. L.

EDICTO

Doña Silvia Carasa Roche, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal de desahucio (250.2.) número 180 de 2016, instados por abogado del Estado, en nombre y representación de Consorcio de Compensación de Seguros, contra “Gold Bridge, Sociedad Limitada”, en reclamación de 4.305,77 euros, en los que se ha dictado en fecha 31 de octubre de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda presentada por Consorcio de Compensación de Seguros, y, en consecuencia, condeno a “Gold Bridge, Sociedad Limitada”, al pago a la actora de 4.305,77 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda (17 de febrero de 2016) y el procesal desde el dictado de la presente resolución, todo ello con expresa imposición de las costas del proceso.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe la interposición de recurso de apelación en el plazo de veinte días del que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo acuerdo, mando y firmo, Gladys López Manzanares, magistrada del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la juez que la suscribe en audiencia pública y en el día de su fecha. Doy fe.

Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con el original al que me remito y, para que conste, libro el presente, en Madrid, a 19 de octubre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/42.828/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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