Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180104-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

80
Madrid número 50. Procedimiento 1.127 de 2016, notificación a Carlos Vigil de Quiñones Otero

EDICTO

Doña Inmaculada Rejas de Francisco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 50 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 1.127 de 2016, instados por procurador don Francisco Abajo Abril, en nombre y representación de “Axa Seguros Generales”, contra don Carlos Vigil de Quiñones Otero, en reclamación de 990 euros, en los que se ha dictado en fecha 18 de octubre de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

«Que, estimando la demanda interpuesta por “Axa Seguros Generales, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Francisco Abajo Abril, contra don Carlos Vigil de Quiñones Otero, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 990 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, con imposición de costas a la parte demandada.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)».

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Carlos Vigil de Quiñones Otero, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 18 de octubre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/41.622/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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