Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171229-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57

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Madrid número 57. Procedimiento 369 de 2016, notificación a Javier Montero Barrios

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de juicio verbal (250.2), número 369 de 2016, por resolución de 21 de noviembre de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 19 de abril de 2017, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 146 de 2017

Juez/magistrada-juez: doña María Jiménez García.

Lugar: Madrid.

Fecha: 19 de abril de 2017.

En Madrid, a 19 de abril de 2017.

Vistos por doña María Jiménez García, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 57 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal que con el número 369 de 2016 se han seguido en este Juzgado, y en los que han sido parte, como demandante, don Carlos Velilla Ayerbe, representado por la procuradora de los Tribunales señora Cabrera Caballero, y asistido por la abogada señora Bremard Atalaya, y de otra, y como demandado, don Javier Montero Barrios, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Se procede, en nombre de Su Majestad el Rey, a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora de los Tribunales señora Cabrera Caballero, en nombre y representación de don Carlos Velilla Ayerbe, contra don Javier Montero Barrios, debo condenar y condeno a dicho demandado a abonar al actor la cantidad de 3.815,02 euros, más los intereses legales que dicha cantidad devengue desde el 13 de marzo de 2015, con imposición de costas al demandado.

Notifíquese esta resolución a las partes y dése cumplimiento en lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse en el término de cinco días ante este Juzgado, de conformidad con lo previsto en los artículos 457 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, de 4 de noviembre, se indica la necesidad de constitución de depósitos para recurrir por importe de 50 euros en la cuenta de este Juzgado en el “Banesto” y a favor de estos autos, en caso de defecto y omisión o error en la constitución, se concederá a la parte plazo de dos días para subsanación. De no efectuarlo, quedará firme la resolución impugnada (artículo 1.19.15.a, depósito para recurrir).

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Javier Montero Barrios, expido y firmo la presente en Madrid, a 21 de noviembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/41.232/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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