Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2017

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171229-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
San Martín de la Vega. Régimen económico. Ordenanza precios públicos prestación servicios

Finalizado el trámite de información pública de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos por prestación de servicios, aprobada inicialmente en sesión Plenaria de 27 de septiembre de 2017, sin que durante el mismo se haya presentado reclamación alguna, se entiende definitivamente aprobado con fecha 14 de diciembre de 2017, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

El texto íntegro de la modificación efectuada, con efectos de 1 de enero de 2018, es el siguiente:

El texto íntegro es el siguiente:

Ordenanza número 1, reguladora de los precios públicos para el ejercicio 2018

“Epígrafe A)

1. Enseñanza impartida en la Escuela Municipal de Música y Danza.

— Los miembros de la banda municipal de música que solo realicen conjunto instrumental contaran con un descuento del 50 por 100 de la tasa establecida para esta actividad.

— Se establece una bonificación del 50 por 100 en dichas tarifas (Escuela Municipal de Música y Escuela Municipal de Danza) para los sujetos pasivos miembros de familia numerosa. Esta bonificación se concederá a instancia del interesado, que deberá acompañar a la solicitud el título de familia numerosa expedido por la Comunidad de Madrid.

Este alquiler se satisfará desde que el alumno firme el convenio de las condiciones de prestación con la Escuela de Música y solo durante los primeros tres años; al final de éste período el alumno está obligado a la devolución del instrumento en el mismo estado en el que le fue entregado”.

Contra este acuerdo definitivo, que agota la vía administrativa, podrá interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.

San Martín de la Vega, a 15 de diciembre de 2017.—El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.

(03/42.053/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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