Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2017

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171229-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Puentes Viejas. Régimen económico. Presupuesto 2018

Transcurrido el período de información pública del acuerdo de este Ayuntamiento de 30 de octubre de 2017, por el que se aprobaba el presupuesto económico de la Corporación del ejercicio 2018, sus bases de ejecución, la plantilla de personal y el anexo de inversiones sin que se hayan presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobado, lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

Plantilla de personal

Personal funcionario:

— Puesto: Secretaría-Intervención. Nivel CD: 26. Plazas: 1.

— Puesto: auxiliares administrativos. Nivel CD: 18. Plazas: 2.

Personal laboral:

— Puesto: técnico de cultura y TIC. Plazas: 1.

— Puesto: agente de empleo y desarrollo local. Plazas: 1 (jornada 50 por 100).

— Puesto: operario. Plazas: 3.

— Puesto: personal de limpieza dependencias municipales. Plazas: 1.

— Puesto: profesora de Escuela de Adultos. Plazas: 1 (1/3 jornada).

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

En Puentes Viejas, a 14 de diciembre de 2017.—El alcalde, Gabriel Ramírez Sanz.

(03/42.150/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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