Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2017

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171229-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

URBANISMO

39
Majadahonda. Urbanismo. Expediente disciplina urbanística

El concejal-delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, mediante Resolución 3217/2017, de 2 de octubre, ha resuelto, entre otros, acordar la publicación de la Resolución 188/2005, de 7 de febrero, dictada en el expediente de disciplina urbanística 3/2005, por la que se ordena la ejecución de obras de demolición de desescombro en la parcela 72, del polígono 7, de Majadahonda. La Resolución 188/2005 dice:

“Procédase a la demolición inmediata de la edificación existente en la parcela 72, del polígono 7, del Catastro, así como al cegado del sótano y supresión del pozo existente en la misma, dado el muy probable hundimiento o vuelco señalado en el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, de 4 de febrero de 2005, con el correspondiente peligro para las personas.

Igualmente, al objeto de impedir que la parcela siga utilizándose como estercolero, previo levantamiento topográfico de la citada parcela 72 (a, b, c) del polígono, fincas registrales números 7.900, 7.898 y 7.868, procédase al vallado de las mismas.

En cuanto han resultado infructuosas las indagaciones efectuadas por este Ayuntamiento para localizar el domicilio de la sociedad mercantil que, de conformidad con el Registro de la Propiedad de Majadahonda resulta ser propietaria de las parcelas 72 a), 72 b) y 72 c) del polígono 7, se adopta, de conformidad con el artículo 170 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la medida de ejecución subsidiario a costa del obligado.

No obstante, se practicará la notificación de la presente orden de ejecución de conformidad con el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que dicha notificación demore la ejecución de la presente orden, dado el inminente peligro que para las personas puede representar su falta de ejecución inmediata”.

Majadahonda, a 10 de octubre de 2017.—El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.

(02/34.968/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171229-39