Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2017

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171219-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

URBANISMO

66
Fuente el Saz de Jarama. Urbanismo. Proyecto de reparcelación

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada con fecha 29 de noviembre de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Punto número 3. Aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de la actuación edificatoria AE-03 del Suelo Urbano “calle Acacias-Oliver” de Fuente el Saz de Jarama (Madrid). Expediente 63/2017.

1.o Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación de la actuación edificatoria AE-03 del Suelo Urbano “calle Acacias-Oliver” de Fuente el Saz de Jarama (Madrid). Expediente 63/2017.

2.o Que por la propiedad se proceda a elevar a escritura pública el proyecto de reparcelación o por este Ayuntamiento se expida documento con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de sus acuerdos de conformidad con lo preceptuado en los artículos 113 y 174 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por lo que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

3.o Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y web del Ayuntamiento y en uno de los periódico s de mayor circulación en el ámbito de la comunidad autónoma.

4.o Notificar el presente acuerdo a los promotores/propietarios.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente a derecho.

Fuente el Saz de Jarama, a 5 de diciembre de 2017.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(02/41.653/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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