Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
18-12-2017

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171218-82

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Daganzo de Arriba. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

En cumplimiento de lo establecido en al artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre y demás disposiciones concordantes y para general conocimiento, se hace público que por el alcalde-presidente se ha dictado en fecha 29 de noviembre de 2017, el decreto que a continuación se publica.

Decreto del alcalde

Decreto de modificación del decreto de Alcaldía, de 17 de junio de 2015, sobre delegación de competencias.

Constituida la Corporación Municipal el día 13 de junio de 2017, resultante de las elecciones locales celebradas el 24 de mayo de 2015, esta Alcaldía dictó varios decretos en fecha 17 de junio de 2015 de delegación de facultades para adaptar las necesidades a la organización y gestión municipal. Tomando como referencia la experiencia adquirida hasta la fecha, considero necesario modificar las competencias delegadas en la segunda teniente de alcalde por lo que resuelvo:

Primero.—Delegar el área de Sanidad, Educación, Consumo, Empleo, Turismo, las derivadas del artículo 21.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como aquellas otras, que en materia de potestad sancionadora se atribuya por disposición legal o reglamentaria al Alcalde y no sea indelegable, en la segunda teniente de alcalde, doña Consuelo García Arranz.

Segundo.—Las citadas delegaciones conllevarán la facultad de dirigir los servicios correspondientes y gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.—El presente decreto deroga a todos aquellos anteriores al mismo que hayan sido dictados sobre estas materias y surtirá efectos desde el día siguiente a esta misma fecha, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Notificar personalmente el presente decreto a la designada, que se considerará aceptado tácitamente, salvo manifestación expresa.

En Daganzo de Arriba, a 30 de noviembre de 2017.—El alcalde-presidente, Sergio Berzal Valladar.

(03/40.469/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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