Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2017

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171214-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Undécima. Procedimiento 696 de 2015, notificación a Grupo Younique Money, S. A., y otros

Sección Undécima

EDICTO

DOÑA AMALIA MARCOS ANDRES, LETRADA DE LA ADMON DE JUSTICIA. SECCION 11ª DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID, HAGO SABER.

Que en esta Sección y con el número de rollo 83/2017, se siguen en grado de apelación los autos de juicio ordinario 696/2015 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Pozuelo de Alarcón seguidos a instancia de D. César Arranz Soler contra D. Javier Martínez Martínez y Grupo Younique Money SA y Younique Money E.D.E sobre reclamación de cantidad, en el cual ha sido Ponente D. Cesáreo Duro Ventura, dictándose con fecha 16/06/2017 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

III.- FALLAMOS

Que desestimando el recurso interpuesto por D. CÉSAR ARRANZ SOLER contra la sentencia de fecha diecinueve de julio de dos mil dieciséis y aclarada por auto de fecha seis de octubre de dos mil dieciséis, confirmamos dicha resolución, con imposición a la recurrente de las costas causadas.

La desestimación del recurso determina la pérdida del depósito constituido, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

MODO DE IMPUGNACION: Contra esta Sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días y ante esta misma Sala, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en Banco de Santander Oficina Nº 6114 sita en la calle Ferraz nº 43, 28008 Madrid, con el número de cuenta 2578-0000-00-0083-17, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, se expide el presente, sirviendo de notificación en forma al apelado no comparecido Grupo Younique Money SA y Younique Money E.D.E

Dado en Madrid, a 21/11/2017

LA LETRADA

(03/39.219/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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