Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2017

Sección 1.3.95.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171214-21

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

ORGANISMO AUTÓNOMO CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2017, de la Dirección-Gerencia del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, sobre inexistencia de canje o reintegro de los títulos de transporte en soporte magnético.

En su reunión del día 7 de junio de 2017, el Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes de Madrid adoptó el Acuerdo de creación de la nueva tarjeta de transporte público no personal sin contacto. Asimismo, y por la complejidad técnica del despliegue de las redes de expedición y carga del nuevo soporte, el Consejo de Administración delegó en el Director-Gerente del Organismo, entre otros extremos, la determinación de las fechas concretas de finalización de la venta de títulos de transporte en soporte magnético, y de su utilización en la red de validación.

En virtud de la habilitación conferida por el Consejo de Administración en su reunión del día 7 de junio de 2017, el Director-Gerente, mediante Resolución de 7 de septiembre de 2017, fijó el 31 de octubre de 2017 como último día de la venta de títulos de transporte en soporte magnético; y el 31 de diciembre de 2017 como último día de la utilización de los títulos de transportes en soporte magnético en la red de validación.

Se ha permitido, por tanto, la utilización de los antiguos títulos magnéticos durante un plazo de dos meses, dándose cumplimiento con ello a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 49/1987, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Viajeros del Ferrocarril Metropolitano de Madrid; en el artículo 15 del Decreto 206/2000, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Viajeros de la “Empresa Municipal de Transportes de Madrid, Sociedad Anónima”; y en el artículo 7 del Decreto 79/1997, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viajeros del Transporte Interurbano de la Comunidad de Madrid.

En consecuencia,

RESUELVO

Que no procederá ni canje ni reintegro de los títulos de transporte en soporte magnético cuyo último día de utilización en la red de validación será el próximo 31 de diciembre de 2017.

Madrid, a 7 de septiembre de 2017.—El Director-Gerente, Alfonso Sánchez Vicente.

(03/40.814/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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