Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2017

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171214-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

180
Móstoles número 2. Procedimiento 943 de 2017, notificación a Joao Miguel Walenta Braz Moura

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 943 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Hermosín Fernández y don José López Molina, frente a don Joao Miguel Walenta Braz Moura, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda declarar la falta de la competencia de este órgano judicial para conocer de la demanda formulada por don José Manuel Hermosín Fernández y don José López Molina, contra don Joao Miguel Walenta Braz Moura, absteniéndome de conocer sobre ella y advirtiendo a los demandantes de que podrá hacer uso de su derecho ante los Juzgados de lo social de Badajoz, donde deberá presentar la demanda.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, procediéndose a continuación al archivo de las actuaciones.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros, en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, con número 2851-0000-00-0943-17, y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistrada-juez, doña Ana Fernández Valenti.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Joao Miguel Walenta Braz Moura, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 17 de noviembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/39.573/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171214-180