Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
30-11-2017

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171130-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

URBANISMO

55
Colmenar Viejo. Urbanismo. Modificación documento delimitación

El Pleno Municipal en sesión celebrada el 28 de septiembre de 2017 adoptó el siguiente acuerdo:

1.o Aprobar Inicialmente el expediente de Modificación del Documento de Delimitación de Redes Públicas del Plan General de Ordenación Urbana en el Sector 9: “Lavanderas”, promovido por la Comisión Gestora constituida para el desarrollo del dicho sector, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

2.o Su sometimiento a período de información pública por plazo de veinte días, mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en diario de difusión nacional y tablón de edictos, con notificación a los propietarios de suelo incluido en el ámbito, para que en el citado plazo puedan presentarse alegaciones al mismo conforme al artículo 69 y a la disposición transitoria séptima de la citada Ley 9/2001.

Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente durante el plazo indicado, en el Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento, plaza del Pueblo, número 1, segunda planta, en las mañanas de los días hábiles, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General del mismo o de cualquier otra forma admitida por el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, cuantas alegaciones estimen pertinentes en defensa de sus derechos.

Colmenar Viejo, a 17 de octubre de 2017.—El alcalde-presidente, Jorge García Díaz.

(02/34.740/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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