Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
30-11-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171130-52

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

52
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Inmuebles sujetos a informe evaluación de edificios

Listado de inmuebles sujetos a informe de evaluación de edificios en el año 2018.—Expediente 711/2017/25597):

Mediante Decreto 103/2016, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, se ha regulado el Informe de Evaluación de los Edificios en la Comunidad de Madrid.

El Decreto tiene por objeto establecer un marco jurídico básico de los aspectos del Informe de Evaluación de los Edificios no regulados en la norma estatal desarrollando la normativa urbanística autonómica y estableciendo un marco común de actuación para todos los municipios de la Región, siendo la Administración Local, en el ejercicio de sus competencias, la que ha de realizar el seguimiento de las actuaciones que se deriven en el cumplimiento de los deberes de conservación establecidos en la normativa urbanística, y de las adaptaciones exigibles en cuanto a ajustes razonables en materia de accesibilidad.

En su artículo 7.2 establece que corresponde a los Ayuntamientos las facultades de inspección y vigilancia del cumplimiento por los propietarios del deber de disponer del Informe de Evaluación de los Edificios. A tal efecto, los Ayuntamientos elaborarán anualmente el listado de los inmuebles sujetos a Informe de Evaluación de los Edificios que, una vez aprobado por el órgano competente, será expuesto al público, por plazo de un mes, mediante anuncios insertados en el tablón de edictos del Ayuntamiento, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, en su caso, en el “Boletín Oficial” y en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo citado la directora general de Control de la Edificación, mediante resolución de 16 de noviembre de 2017, ha aprobado el listado de los inmuebles a los que es exigible el Informe de Evaluación de Edificios, en los plazos máximos que se indican del año 2018, al estar obligados sus propietarios a su realización y no constar esta aun acreditada, puesto que son edificios de tipología vivienda residencial colectiva, que tienen más de cincuenta años desde la finalización de las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general y

1.1. Hasta el plazo máximo del 28 de junio de 2018:

a) Bien no han acreditado antes del 28 de junio de 2013 la realización de una Inspección Técnica de Edificios (ITE) vigente y han sido construidos hasta el 27 de junio de 1963.

b) Bien si han acreditado antes del 28 de junio de 2013 la realización de una ITE vigente y han sido construidos desde el 1 de enero de 1962 y hasta el 27 de junio de 1963, no pertenecen al Centro Histórico o a los Cascos Históricos Periféricos y no están catalogados.

c) O bien si han acreditado antes del 28 de junio de 2013 la realización de una ITE vigente y son edificios propiedad de persona jurídico-pública, representación diplomática u organismo internacional que han sido construidos hasta del 27 de junio de 1963, pertenecen al Centro Histórico o a los Cascos Históricos Periféricos y no están catalogados.

1.2. Hasta el plazo máximo del 31 de diciembre de 2018:

a) Han sido construidos entre el 28 de junio de 1963 y el 31 de diciembre de 1963.

Asimismo, ha resuelto aprobar la exposición al público del listado de inmuebles sujetos a informe de evaluación de edificios en los plazos máximos que se indican del año 2018, por el plazo de un mes, en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid y anunciar dicha exposición en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

Este padrón se expondrá al público en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid, cuya consulta se realiza a través de la web municipal (www.madrid.es), por un plazo de un mes, a partir del día 1 de diciembre de 2017.

Madrid, a 17 de noviembre de 2017.—La directora general de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible (por Decreto de Delegación de firma de 11 de abril de 2016), el jefe del Servicio de Inspección Técnica de Edificios, Luis Gustavo Collado Ruiz.

(01/38.517/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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