Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
30-11-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171130-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BADAJOZ NÚMERO 2

132
Badajoz número 2. Procedimiento 390 de 2017, notificación a Meiguard Group, S. L.

EDICTO

D. FERNANDO BARRANTES FERNANDEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de BADAJOZ, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000390/2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. FRANCISCO JAVIER GALAN DURA contra la empresa MEIGUARD GROUP SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la SENTENCIA 455/2017 de fecha 08/11/2017, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

ESTIMO la demanda sobre DESPIDO formulada por FRANCISCO JAVIER GALÁN DURÁ contra la empresa MEIGUARD GROUP, S.L., y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido efectuado el 29/05/2017 y condeno a dicha demandada a que, a su opción, readmita al trabajador despedido en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes del despido o le abone una indemnización de 302,72 euros, entendiéndose que si no opta en el plazo de cinco días procederá la readmisión, y al abono de salarios de tramitación en el supuesto que opte por la readmisión.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, recurso de suplicación que ha de ser anunciado en los cinco días siguientes a la notificación de la misma, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o de su representante al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de la parte, su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita o no está exento por ley, deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado en Banco de Santander, IBAN ES 5500 49 35 6992 000500 1274, expresando como observación o concepto los 16 dígitos identificativos de la cuenta-expediente 0338000065 (los seis últimos dígitos que corresponden al número de expediente, cuatro del procedimiento + dos del año) o avalado bancaria y solidariamente el importe de dicha condena. Asimismo deberá acreditar haber ingresado la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a MEIGUARD GROUP SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En BADAJOZ, a diez de noviembre de dos mil diecisiete.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/37.463/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171130-132