Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2017

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171128-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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EXTRACTO de la Orden 3238/2017, de 3 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se convocan para el año 2018 las ayudas a las inversiones para la sustitución de calderas de combustibles fósiles por calderas de biomasa forestal, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado.

BDNS (Identif.): 371687

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en BDNS (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index).

Primero

Beneficiarios

Personas físicas y jurídicas, públicas y privadas titulares de centros que presten servicios básicos a la población en municipios rurales de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Objeto

Estas ayudas tienen por objeto la sustitución de sistemas, instalaciones e infraestructuras, de producción de calor a partir de combustibles fósiles, por otras que utilicen biomasa forestal, en centros de titularidad pública o privada que presten servicios básicos a la población. Estas ayudas se corresponden con el tipo de operación 7.2.1, “Inversiones en pequeñas infraestructuras de energía renovable basadas en la biomasa”, del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1219/2017, de 5 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones para la sustitución de calderas de combustibles fósiles por calderas de biomasa forestal, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de junio de 2017), corregida en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de julio de 2017.

Cuarto

Cuantía de las ayudas

El importe máximo subvencionable se determinará en función de los subtipos de equipos definidos y de la potencia instalada, de acuerdo con la tabla establecida en el artículo 18 de la convocatoria. En el caso de personas de naturaleza pública recibirá el 100 por 100 de la inversión subvencionable y en el caso de personas de naturaleza privada el 40 por 100 de la inversión subvencionable. En todo caso, la cuantía máxima de la ayuda será de 124.740 euros.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de noviembre de 2017.

El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

(03/38.543/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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