Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2017

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171128-46

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

URBANISMO

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Pinto. Urbanismo. Estatutos entidad conservación

De conformidad con lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística, se hace público que por la Junta de Gobierno Local celebrada el día 25 de octubre de 2017, se adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación de los artículos 3-9, 5, 36-5 y acuerdos primero y segundo incluidos en el anexo de los estatutos de la Entidad Urbanística de Conservación de las Arenas de esta localidad y someter a información pública el contenido íntegro de la modificación de dichos estatutos, quedando como sigue su redacción:

Artículo 3.

Punto 9. Para el cumplimiento de estos fines se tendrá en cuenta el calendario pactado con el Ayuntamiento según recoge el anexo incorporado a estos estatutos.

Artículo 5. Duración.—La entidad de conservación estará habilitada para comenzar sus funciones desde su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras y durará en tanto haya de cumplir su objeto y hasta que se produzca su disolución, en los términos señalados en el anexo de estos estatutos.

Artículo 36.

Punto 5. La administración actuante subvencionará anualmente a la entidad de acuerdo al anexo.

ANEXO

Convenio aprobado en Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pinto con fecha 24 de mayo de 2017 y suscrito con fecha 2 de junio de 2017.

Cláusula primera. Duración de la entidad.—La EUC tendrá una duración de 10 años a contar desde la fecha en la que se inscriba la modificación de los estatutos de la EUC. En ese momento, el Ayuntamiento de Pinto asumirá, definitivamente, todas las obligaciones de conservar que corresponde a la EUC a día de hoy.

Cláusula segunda. Asunción progresiva de las obligaciones.—El Ayuntamiento asumirá progresivamente las obligaciones que se recogen a continuación. Dicha asunción partirá de la recepción por parte del Ayuntamiento de las redes, viales, zonas verdes, etcétera, en un estado de conservación adecuado. Para ello será necesario un informe de técnico municipal que acredite este extremo.

2017:

— 50 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvencionará a la EUC con 5922,42 euros.

2018:

— Se mantendrá la obligación prevista para 2017.

2019:

— 70 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 5.922,42 euros.

2020:

— Asunción del 90 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 5.922,42 euros.

2021:

— Asunción del 100 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 5.922,42 euros.

2022:

— 100 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 5.922,42 euros.

— Asunción del mantenimiento del alumbrado público.

2023:

— 100 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 5.922,42 euros.

— Mantenimiento del alumbrado.

— Desratización y desinfección

— Mantenimiento y limpieza del alcantarillado. Esta obligación podrá asumirse previamente en caso de llegar a un acuerdo con el Canal de Isabel II que ambas partes intentarán fomentar desde el momento en que se apruebe la modificación que, en estos momentos, se propone.

2024:

— 100 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 5.922,42 euros.

— Mantenimiento del alumbrado.

— Desratización y desinfección.

— Mantenimiento y limpieza del alcantarillado.

— Mantenimiento viario.

2025:

— 100 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 5.922,42 euros.

— Mantenimiento del alumbrado.

— Desratización y desinfección.

— Mantenimiento y limpieza del alcantarillado.

— Mantenimiento viario.

— Mantenimiento de instalaciones y limpieza de zonas comunes (con exclusión de las zonas verdes).

— Limpieza viaria.

2026:

— 100 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 5.922,42 euros.

— Mantenimiento del alumbrado.

— Desratización y desinfección.

— Mantenimiento y limpieza del alcantarillado.

— Mantenimiento viario.

— Mantenimiento de instalaciones y limpieza de zonas comunes.

— Limpieza viaria.

— Mantenimiento de zonas verdes y arbolado.

— Los restantes que pudieran existir.

Tras los plazos anteriormente indicados la Entidad Urbanística de Conservación se disolverá de conformidad a las previsiones de sus estatutos y del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística.

El período de información pública es de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho período se puede examinar el mencionado expediente en las oficinas municipales sitas en plaza de la Constitución, número 1 (edificio “Servicios Técnicos-Departamento de Planeamiento”), de lunes a viernes de nueve a catorce horas, pudiendo presentarse en este plazo las alegaciones que consideren oportunas.

Pinto, a 7 de noviembre de 2017.—El concejal-delegado de Ecología y Modelo de Ciudad, Raúl Sánchez Arroyo.

(02/37.545/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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