Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2017

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171128-41

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 16 de octubre de 2017, por el que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas a las familias para la escolarización en escuelas infantiles públicas de Móstoles, curso 2017-2018.

BDNS: 369378

De conformidad con lo previsto en las artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases reguladores de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (htpp://w.w.w..minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las familias de los alumnos matriculados en el curso 2017-2018 en las 10 escuelas infantiles públicas de Móstoles. La renta per cápita de la familia solicitante no podrá superar en ningún caso 15.500,00 euros.

Segundo. Objeto.—Regular la concesión de ayudas a las familias en la escolarización de niños matriculados en escuelas infantiles públicas de Móstoles, en las que se imparte el primer ciclo de Educación Infantil.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 16 de octubre de 2017.

Cuarto. Cuantía.—El importe total de esta convocatoria asciende a 300.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 35 3201 480.03 de los presupuestos del Ayuntamiento de Móstoles. El importe de la ayuda es mensual y son objeto de subvención los nueve meses comprendidos desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de junio de 2018. En el caso de las ayudas que se concedan en el período extraordinario, los importes se concederán siempre por mensualidades completas a partir del mes posterior al mes de la solicitud. En el caso de familias numerosas de régimen general que tienen una reducción de un 50 por 100 en la cuota de escolaridad, en caso de cumplir los requisitos, se les concederá el 50 por 100 de la ayuda que les pudiera corresponder.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Se establecen dos períodos de solicitud:

a) Período ordinario de entrega de solicitudes desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 21 de diciembre de 2017.

b) Período extraordinario de entrega de nuevas solicitudes desde el 8 de enero al 31 de mayo de 2018.

Sexto. Otros datos.—Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Residencia efectiva en el municipio de Móstoles: el alumno y la madre y/o el padre o, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.

b) No percibir ayudas de esta u otras Administraciones con finalidad similar.

c) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.

d) Estar al corriente de pago de las cuotas mensuales de la escuela infantil.

Resuelta la convocatoria, la concesión de las ayudas tendrá lugar durante el año 2018. El Ayuntamiento de Móstoles realizará a lo largo del curso escolar 2017-2018 dos abonos según cada caso:

a) Período ordinario: primer abono correspondiente a los importes concedidos en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2017.

b) Período extraordinario: segundo abono correspondiente a los importes concedidos en los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2018.

Estas bases pueden ser consultadas en http://www.mostoles.es/Educacion.es

En Móstoles, a 6 de noviembre de 2017.—La concejala-delegada de Educación, Isabel Cruceta Serrano.

(03/38.575/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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