Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171124-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 4

85
Móstoles número 4. Procedimiento 283 de 2016, notificación a Norte Limite

EDICTO

Doña María del Mar García Escobar, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Móstoles.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal número 283 de 2016, instados por el procurador don José Miguel Sampere Meneses, en nombre y representación de “Canal de Isabel II” contra “Norte Límite”, en reclamación de 3.665,80 euros, en los que se ha dictado en fecha 15 de junio de 2017, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando la demanda formulada por la representación de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a “Norte Límite, Sociedad Limitada”, a que abone a la actora la suma de 3.665,80 euros, más los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda, así como al abono de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandante “Norte Límite, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Móstoles, a 20 de octubre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/37.592/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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