Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
24-11-2017

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171124-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

4
RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de don Daniel Pedreira Curras, de las pruebas selectivas por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid por incumplimiento de requisitos.

Por Resolución de 22 de mayo de 2015, la entonces Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 132, de 5 de junio), convocó pruebas selectivas, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.f) establece como requisito para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta cualquiera que sea su situación administrativa”. Este requisito, al igual que el resto de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

En virtud de lo establecido en la base 2.f) de la convocatoria, esta Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, al constatar la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta de don Daniel Pedreira Curras con DNI número 44.840.327, derivada de su participación en el proceso selectivo convocado por Resolución de 25 de junio de 2015, del Servicio Aragonés de Salud (“Boletín Oficial de Aragón” número 164, de 25 de agosto de 2015, procedió con fecha 18 de octubre de 2017, a realizar requerimiento de trámite de audiencia al interesado, habilitando un plazo de diez días hábiles para alegar y presentar las justificaciones que estimara pertinentes. Ante la ausencia de alegaciones por parte del interesado en el plazo establecido y verificada su toma de posesión como personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta en el Hospital Universitario “Miguel Servet” del Sector Zaragoza II, del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección General emite Resolución por la que se procede a la exclusión de don Daniel Pedreira Curras, de las pruebas selectivas, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, por incumplimiento de requisitos.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de acuerdo con lo previsto en la base segunda de la convocatoria en su apartado 2.f) y al amparo de las competencias atribuidas en el Decreto 196/2015, de 4 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Declarar la exclusión de las pruebas selectivas, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, de don Daniel Pedreira Curras con DNI número 44.840.327, por incumplir el requisito exigido en la base 2.f) de la convocatoria “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Fisioterapeuta cualquiera que sea su situación administrativa”, en relación con lo establecido en la base 2.3 de la convocatoria “Los requisitos establecidos en la base segunda, deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Madrid, a 17 de noviembre de 2017.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Pablo Calvo Sanz.

(03/38.318/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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