Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
17-11-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171117-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía y Hacienda

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía y Hacienda. Créditos prescritos

Anuncio relativo a la resolución de 13 de noviembre de 2017, de la secretaria general técnica de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, por la que se hacen públicas las relaciones provisionales de los créditos que procede declarar prescritos a 31 de diciembre de 2016.

Mediante resolución de 13 de noviembre de 2017, de la secretaria general técnica de Economía y Hacienda, se ha acordado hacer públicas las relaciones provisionales de las órdenes de pago no presupuestarias y de las devoluciones de ingresos indebidos, así como de los depósitos y garantías, que procede declarar prescritos a 31 de diciembre de 2016.

La citada resolución ha sido publicada íntegramente en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 8.032, de 15 de noviembre de 2017.

De conformidad con la mencionada resolución, los acreedores podrán examinar el expediente en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, en la sede del Departamento de Operaciones no Presupuestarias y Deuda sita en la calle Barquillo, número 17, con vuelta a la calle Augusto Figueroa, número 36, cuarta planta, durante el plazo de veinte días hábiles, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, en el indicado plazo, los acreedores podrán formular por escrito las alegaciones que consideren oportunas, dirigidas a la Intervención General del Ayuntamiento de Madrid, Departamento de Operaciones no Presupuestarias y Deuda, y que habrán de presentarse en la Oficina de Registro del Área de Gobierno de Economía y Hacienda (calle Alcalá, número 45), en las demás oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid o de cualquier otra forma admitida por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si transcurrido el período de exposición pública no se presentaran reclamaciones, el acuerdo hasta entonces provisional se considerará definitivo.

Madrid, a 15 de noviembre de 2017.—La secretaria general técnica, Eva Mañes Martínez.

(03/37.829/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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