Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
17-11-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171117-151

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

151
Madrid número 21. Procedimiento 359 de 2017, notificación a Digital Bet Service, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 359/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BELEN HERNANDEZ SANCHEZ frente a DIGITAL BET SERVICE SL y FIRST BUSINESS ORIENTATION SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado sentencia en fecha 13/10/2017 cuyo fallo es del siguiente tenor :

FALLO

ESTIMANDO la demanda de despido interpuesta por BELEN HERNÁNDEZ SÁNCHEZ contra las empresas DIGITAL BET, SA y FIRST BUSINESS ORIENTATION, SL, DEBO DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE el despido efectuado el 08-02-2017, declarando extinguida la relación laboral en la fecha de la presente resolución y CONDENANDO a las empresas demandadas solidariamente a que abonen al/la demandante en concepto de indemnización la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (3.649,62 euros) más otros OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA EUROS CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (8.980,92 euros) por salarios de tramitación, CONDENANDO al FOGASA a estar y pasar por este pronunciamiento, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese esta Sentencia a las partes a las que se advierte que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION para ante la SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID, debiendo en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia, de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, pretenda formular recurso deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo Social en el Banco Santander con el número con el nº 2519-0000-65-0359-17, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justifica gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300,00 euros, en esa misma cuenta bancaria.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DIGITAL BET SERVICE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de octubre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.551/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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