Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
16-11-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171116-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18

86
Madrid número 18. Procedimiento 1.478 de 2015, notificación a Francisca Antolín Calvo

EDICTO

En el juicio verbal (250.2) número 1.478 de 2015 se ha dictado con fecha 15 de septiembre de 2017 rectificación de errores, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

La juez/magistrada-juez que lo dicta: doña M. Gracia Parera de Cáceres.

Lugar: Madrid.

Fecha: 15 de septiembre de 2017.

Antecedentes de hecho:

Único.—En el presente procedimiento se ha dictado sentencia de fecha 14 de julio de 2017.

En la referida resolución, no es correcto el recurso que cabe interponer contra la citada resolución.

Parte dispositiva:

Se rectifica la sentencia de fecha 14 de julio de 2017, en el sentido de que,

Donde dice: «Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta número 2446-0000-03-1478-15 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en el “Banco Santander”».

Debe decir: “Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil”.

Incorpórese esta resolución al libro de resoluciones definidas a continuación de aquella que se rectifica y llévese testimonio a los autos principales.

Contra la resolución que se notifica no cabe recurso, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud o actuación de oficio (artículo 214.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La magistrada-juez.—El letrado de la Administración de Justicia.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Francisca Antolín Calvo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados (artículo 267.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud y, en todo caso, comienzan a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto (artículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 18 de septiembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.006/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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