Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2017

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171114-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 2

105
Coslada número 2. Procedimiento 472 de 2014, notificación a Siñar, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 472 de 2014 entre “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, y don Miguel José de Arce Milla y doña Nuria de Goya Campos y “Siñar, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 5 de 2017

La magistrada-juez, doña Beatriz Mayor Tonda.—En Coslada (Madrid), a 17 de enero de 2017.

Doña Beatriz Mayor Tonda, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de los de Coslada, y de su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 472 de 2014, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don Julio Cabellos Albertos y asistido de la letrada doña María del Carmen García Guillén, y de otra, como demandados, la mercantil “Siñar, Sociedad Limitada” (que fue declarada en rebeldía) y don Miguel José de Arce Milla y doña Nuria de Goya Campos, representados por la procuradora de los Tribunales doña Isabel Martín Antón y asistidos del letrado don Alfonso Ruiz Sánchez, y se procede en nombre de su majestad el Rey a dictar la presente resolución:

Fallo

Estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales don Julio Cabellos Albertos, en nombre y representación de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, frente a la mercantil “Siñar, Sociedad Limitada”, don Miguel José de Arce Milla y doña Nuria de Goya Campos y, en consecuencia, debo acordar los siguientes pronunciamientos:

Condeno solidariamente a la mercantil “Siñar, Sociedad Limitada”, don Miguel José de Arce Milla y doña Nuria de Goya Campos a abonar a “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, la cantidad de 30.150,39 euros, más los intereses pactados (24 por 100) desde la interpelación judicial hasta la fecha de la sentencia.

Todo ello, con condena en costas a los demandados.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de su original en el libro de sentencias civiles de este Juzgado.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.

La interposición de dicho recurso precisará de la previa constitución del depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a “Siñar, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Coslada, a 8 de marzo de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/35.802/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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