Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171114-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 4

102
Alcobendas número 4. Procedimiento 393 de 2015, notificación a Ángel Alcantarilla Serrano

EDICTO

Doña Silvia Sánchez Sánchez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Alcobendas.

Hago saber: Que en el procedimiento número 393 de 2015 se ha dictado sentencia el 6 de octubre de 2016, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda presentada por doña María Pilar Arcos Cancho, representada por el procurador señor Bernabéu, contra don Ángel Alcantarilla Serrano, en rebeldía.

Declaro la disolución del vínculo matrimonial por divorcio que une a las partes, con los efectos legales inherentes a esta resolución.

Se ordena la inscripción en el Registro Civil de la sentencia que se dicta en el presente proceso.

No procede la condena en costas.

Líbrese mandamiento para su inscripción en el Registro Civil correspondiente.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerios fiscal contra la misma puede interponerse recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial.

Las partes que pretendan recurrir en apelación deberán acreditar, al momento de la preparación del recurso de apelación, la constitución de depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la cuenta de este Juzgado, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del citado recurso, tal y como determina la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial reformada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Alcobendas, Pedro José Puerta Lanzón.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Ángel Alcantarilla Serrano y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 9 de febrero de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/34.146/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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