Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
13-11-2017

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171113-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Getafe. Organización y funcionamiento. Modificación delegaciones

Por la señora alcaldesa se ha dictado el siguiente decreto:

«Decreto.—En Getafe, a 23 de octubre de 2017.

En uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 124.4.k) y 124.5) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 4 y capítulo 1 del título II del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Getafe, dispongo:

Modificar mi decreto de 23 de marzo de 2016, modificado por decretos de 1 de abril y 28 de julio de 2016, sobre estructura, organización y delegaciones, en el sentido siguiente:

I. En el apartado tercero, en el inciso relativo a las unidades administrativas que comprende la Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad, que dará redactado como sigue:

“Secretaría General del Pleno.

Oficina de la Junta de Gobierno.

Asesoría Jurídica.

Intervención General.

Órgano de Gestión Tributaria.

Contabilidad, Planificación Financiera y Tesorería.

Tesorería.

Planificación y Gestión Económica.

Contratación.

Tráfico.

Policía Local.

Protección Civil.

Movilidad y Transporte.

Ocupación de la Vía Pública.

Unidad de Seguimiento y Control del Área de Hacienda”.

En el mismo apartado tercero, en el segundo párrafo, sobre las facultades que se delegan, se modifican los números que a continuación se recogen, en el sentido siguiente:

“8. Establecer las directrices, criterios, procedimientos e instrucciones en las funciones de gestión de gastos e ingresos que se efectúen por los servicios, sin perjuicio de la competencia y dependencia orgánica de las delegaciones a la que pertenezcan.

19. Queda sin contenido.

34. Gestión y control de la venta ambulante y las autorizaciones que la Ordenanza Municipal reguladora ambulante o no sendentaria en el término del municipio de Getafe atribuye al alcalde, en puestos aislados y desmontables de carácter ocasional, en vehículos con carácter itinerante y en festejos y fiestas”.

II. En el apartado cuarto, en el que se confiere la Delegación de Recursos Humanos, Empleo, Desarrollo Económico y Atención Ciudadana, en el segundo párrafo, sobre las facultades que se delegan, se modifican los números que a continuación se recogen, en el sentido siguiente:

“8. Ejercer la superior dirección del personal al servicio del Ayuntamiento, sin perjuicio de la Jefatura inmediata de cada concejal-delegado respecto del personal de las unidades a su cargo.

9. Queda sin contenido”.

III. En el apartado sexto, el inciso relativo a las Unidades Administrativas que comprende la Delegación de Cultura y Mantenimiento quedará redactado como sigue:

«Archivo Municipal.

Cultura y Teatro Auditorio “Federico García Lorca”.

Biblioteca Central y Bibliotecas de Barrio.

Escuela de Música “Maestro Gombau”.

Mantenimiento y Alumbrado.

Parques y Jardines.

Cooperación al Desarrollo y Convivencia».

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de la fecha, dándose cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que este celebre, debiéndose publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Boletín Municipal.

Lo manda y firma la alcaldesa en el lugar y fecha arriba indicados, de todo lo cual, como jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno, doy fe».

Getafe, a 23 de octubre de 2017.—La jefa de la Junta de Gobierno, Concepción Muñoz Yllera.

(03/35.347/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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