Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
13-11-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171113-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Padrón bienes inmuebles

Expediente 711/2017/24805.

El artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 2011 establece que la Administración Municipal elaborará un padrón de los bienes inmuebles sujetos a la Inspección Técnica de Edificios que se expondrá al público durante treinta días dentro del último trimestre del año anterior al plazo de presentación de las actas de Inspección Técnica a fin de facilitar el cumplimiento de este deber a los propietarios.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo citado la Directora General de Control de la Edificación, mediante resolución de 6 de noviembre de 2017, ha aprobado el padrón de edificios cuyos propietarios deben efectuar la Inspección Técnica durante el año 2018 por haber sido construidos o reestructurados en el año 1987 o por estar obligados a realizar la inspección técnica periódica al haber transcurrido el período decenal establecido contado desde el año 2008, año de la primera obligación, al ser construcciones o edificios construidos entre los años 1970 y 1974 que no figuran en el Catálogo de Edificios Protegidos con niveles 1, 2 o 3, ni están dentro del Centro Histórico, ni en los Cascos Históricos Periféricos; todo ello de conformidad con los artículos 16 y 21.2 y la disposición transitoria cuarta de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones.

Asimismo, ha resuelto aprobar la exposición al público del padrón de edificios por el plazo de treinta días en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid y anunciar dicha exposición en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de los de mayor difusión, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas. Esta exposición producirá los efectos de notificación a los interesados de conformidad con el artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones.

Este padrón se expondrá al público en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid, cuya consulta se realiza a través de la web municipal (www.madrid.es), por un plazo de treinta días, a partir del día 14 de noviembre de 2017, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

Esta exposición, conforme al artículo 17 citado, producirá los efectos de notificación a los interesados de la obligación de acreditar la realización de la correspondiente inspección dentro del plazo señalado.

Madrid, a 6 de noviembre de 2017.—La directora general de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible (por Decreto de Delegación de firma de 11 de abril de 2016), el jefe del servicio de Inspección Técnica de Edificios, Luis Gustavo Collado Ruiz.

(01/36.898/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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