Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
03-11-2017

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171103-36

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

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ORDEN 3860/2017, de 23 de octubre, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2016-2017.

La Comunidad de Madrid ha creado los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria como reconocimiento al esfuerzo y el mérito de los alumnos que se han distinguido en sus estudios al finalizar la etapa de Educación Secundaria Obligatoria. Para ello, con periodicidad anual, se convocan y conceden los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria, cuya obtención, si se cumplen además determinados requisitos, permite a los alumnos concurrir a los Premios Nacionales de Educación Secundaria Obligatoria.

Realizadas las correspondientes pruebas, convocadas al efecto mediante la Orden 1882/2017, de 24 de mayo, y, de conformidad con su apartado duodécimo.1,

DISPONGO

Primero

Adjudicación de premios

Se adjudican los 25 Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid correspondientes al curso académico 2016-2017 a los alumnos relacionados, por orden de mayor a menor puntuación, en el anexo a esta Orden.

Segundo

Naturaleza del premio y asignación económica

1. El premio consistirá en un viaje de carácter cultural y en una dotación económica de 1.000 euros, que se hará efectiva en un único plazo.

2. Los alumnos que obtengan el Premio Extraordinario de Educación Secundaria Obligatoria recibirán un diploma acreditativo de tal distinción.

Tercero

Consignación del premio

De acuerdo con lo previsto en el artículo 13.3 de la Orden 784/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria derivados de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, la obtención de este premio será consignada, mediante la correspondiente diligencia, tanto en el expediente como en el historial académico del alumno.

Cuarto

Premios Nacionales de Educación Secundaria Obligatoria

Los alumnos adjudicatarios de los premios otorgados en la presente Orden que cumplan todos los requisitos recogidos en el artículo 6 de la Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, por la que se crean y regulan los Premios Nacionales al rendimiento académico del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y de Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto), podrán concurrir a los Premios Nacionales de Educación Secundaria Obligatoria.

Quinto

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes ante el propio órgano que la ha dictado, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, computados tanto este como aquel a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 23 de octubre de 2017.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/35.561/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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