Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
03-11-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171103-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

128
Madrid número 7. Procedimiento 319 de 2016, notificación a Copal Obras y Construcciones, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 07 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 319/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JAMAL EL MOURABIT frente a COPAL OBRAS Y CONSTRUCCIONES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 419

En Madrid, a 22 de septiembre de 2016.

Don Francisco Javier Piñonosa Ros, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid, tras haber visto los presentes autos con nº 319/2016 en materia de reclamación de cantidad, seguidos a instancia de don Jamal El Mourabit, con NIE X-6237600-T, asistido por el Letrado don Juan José Rodríguez Alonso, contra la empresa COPAL OBRAS Y CONSTRUCCIONES S.L, que no comparece, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por don Jamal El Mourabit contra la empresa COPAL OBRAS Y CONSTRUCCIONES S.L y condeno a esta a abonar a aquel la cantidad de 1.959,30 euros.

Se advierte a la partes que esta Sentencia es firme y contra ella no cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COPAL OBRAS Y CONSTRUCCIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de octubre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.611/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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