Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2017

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171102-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ACUERDO 87/2017, de 28 de septiembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo al Plan Especial de Infraestructuras para la instalación de una Estación de Telecomunicaciones, en Suelo No Urbanizable Especialmente Protegido, para la ampliación de la Red TETRA de Comunicaciones Móviles para Emergencias de la Comunidad de Madrid, en el término municipal de Prádena del Rincón, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 28 de septiembre de 2017, a propuesta del Director General de Urbanismo, de 15 de septiembre de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) y b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras para la instalación de una Estación de Telecomunicaciones, en Suelo No Urbanizable Especialmente Protegido, para la ampliación de la Red TETRA de Comunicaciones Móviles para Emergencias de la Comunidad de Madrid, en el término municipal de Prádena del Rincón, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de cuarenta y cinco días hábiles, mediante inserción de los correspondientes anuncios en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid y, una vez cumplimentado, proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Una vez publicado el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el documento del Plan Especial podrá consultarse en el portal institucional en la ruta: http://www.madrid.org/transparencia/

Tercero

Requerir informe, concediendo el mismo plazo de cuarenta y cinco días hábiles para su emisión, a los siguientes Organismos afectados:

— Dirección General del Medio Ambiente:

• Subdirección General de Impacto Ambiental, Área de Evaluación Ambiental.

• Subdirección General Espacios Protegidos, Servicio de Informes Técnicos Medioambientales.

— Dirección General de Agricultura y Ganadería:

• Subdirección General de Recursos Agrarios. Área de Vías Pecuarias.

— Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

— Dirección General de Servicios Sociales e Integración Social de la Consejería de Políticas Sociales y Familia.

— Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.

Cuarto

Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de Prádena del Rincón, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo máximo de cuarenta y cinco días.

Los citados Organismos remitirán una copia de su informe al promotor.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente Acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, sita en la calle Alcalá, número 16, quinta planta, de Madrid, donde podrá ser consultado, por un período de cuarenta y cinco días hábiles, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de Información Pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 28 de septiembre de 2017.—El Secretario General Técnico, Fernando Moya Lorente.

(01/34.815/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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