Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
31-10-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171031-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 4

189
Barcelona número 4. Ejecución 21 de 2017, notificación a Iberitec Group Reparaciones del Hogar, S. A.

EDICTO

Juicio: Ejecución de títulos judiciales 21 de 2017.

Sobre: Ejecución de título judicial no dineraria.

Parte demandante/ejecutante: Maria Luz Alonso Liz.

Parte demandada/ejecutada: IBERITEC GROUP REPARACIONES DEL HOGAR, S.A.

Jaime Juan Alvarez Alvarez , Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 04 de Barcelona.

En este Órgano judicial se tramita el procedimiento 21/2017 en el que se ha dictado auto de fecha 26/07/2017 .

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demanda IBERITEC GROUP REPARACIONES DEL HOGAR, S.A. y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) he acordado notificarle la anterior resolución por medio de este edicto.

La resolución que se notifica está a disposición de la parte en la Oficina judicial de este Órgano.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación en forma a IBERITEC GROUP REPARACIONES DEL HOGAR, S.A. , parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y a quien advierto de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo aquéllas que revistan forma de auto, sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 26 de julio de 2017.

El Letrado de la Administración de Justicia

(03/30.464/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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