Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
27-10-2017

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171027-135

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

135
Móstoles número 1. Ejecución 163 de 2017, notificación a Ciem, S. Coop. Mad.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 163 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Bueno Seivane y don Roberto Gómez Maroto, frente a “Ciem, S. Coop. Mad.”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones de fechas 7 de julio y 1 de septiembre de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Roberto Gómez Maroto y don Carlos Bueno Seivane, frente a la demandada “Ciem, S. Coop. Mad.”, parte ejecutada, por un principal de 67.996,88 euros, que corresponde:

Don Carlos Bueno Seivane: 52.474,95 euros de principal (indemnización 47.606.42 euros y 4.686,53 euros de salarios de trámite).

Don Roberto Gómez Maroto: 15.521,23 euros de principal (indemnización 11.999,79 euros y 3.522.74 euros de salarios de trámite).

Más 10.000 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco de Santander” número 2850-0000-64-0163-17. En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que, de no ser así, se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros. Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco de Santander”, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, número 2850-0000-64-0163-17.

A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 67.996,88 euros de principal (desglosado según consta en auto despachando ejecución), más 10.000 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Ciem, S. Coop. Mad.”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante, a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ciem, S. Coop. Mad.”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 28 de septiembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.172/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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