Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
26-10-2017

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171026-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

10
RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de doña Irene Zabala Martín-Gil de las pruebas selectivas por el turno de promoción interna para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en la categoría de Facultativo Especialista en Radiodiagnóstico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, por incumplimiento de requisitos.

Por Resolución de 19 de mayo de 2015, la entonces Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 123, de 26 de mayo) convocó pruebas selectivas por el turno de promoción interna para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Radiodiagnóstico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

La base segunda de la convocatoria, en su apartado 2.1.i), establece como requisito para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “Estar en activo”. Asimismo, conforme la base 2.3, este requisito, al igual que el resto de los establecidos en la base segunda, debe poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

El sistema de selección para el acceso mediante promoción interna a nombramientos correspondientes a otra categoría de personal estatutario fijo se encuentran regulados en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, y en el Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre Selección de Personal Estatutario y Provisión de Plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que se mantiene vigente con rango reglamentario en la Comunidad de Madrid, hasta tanto no se proceda a su modificación.

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, establece en su artículo 34 que:

“El personal estatutario fijo podrá acceder, mediante promoción interna y dentro de su Servicio de Salud de destino, a nombramientos correspondientes a otra categoría, siempre que el título exigido para el ingreso sea de igual o superior nivel académico que el de la categoría de procedencia, y sin perjuicio del número de niveles existentes entre ambos títulos.

Para participar en los procesos selectivos para la promoción interna será requisito ostentar la titulación requerida y estar en servicio activo, y con nombramiento como personal estatutario fijo durante, al menos, dos años en la categoría de procedencia”.

Es decir, conforme la normativa reguladora, la promoción interna es un proceso de provisión de puestos de trabajo que convoca un Servicio de Salud para el personal estatutario fijo en él destinado, por tanto, el requisito de servicio activo ha de cumplirse en la condición de personal estatutario del Servicio de Salud convocante, al ser este el colectivo a quien va dirigido el proceso.

De la documentación inicialmente aportada por la interesada junto a la solicitud para participar en las pruebas selectivas se desprende que, a la fecha de acreditación de los requisitos de participación se encontraba en situación de servicio activo como Médico de Familia en la Gerencia de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud.

En virtud de lo establecido en la base 2.3 de la convocatoria, el Tribunal de las pruebas selectivas de Facultativos Especialista en Radiodiagnóstico al tener duda razonable sobre la actual situación de servicio activo de doña Irene Zabala Martín-Gil en el Servicio Madrileño de Salud, procedió a solicitar informe al respecto a la Gerencia de Atención Primaria, al ser este su último destino acreditado. Asimismo, se procedió a realizar requerimiento de trámite de audiencia a la interesada, habilitando un plazo de diez días hábiles para alegar y presentar las justificaciones que estimara pertinentes.

La Gerencia de Atención Primaria ha informado que la interesada se encuentra en el Servicio Madrileño de Salud en situación de “excedencia por prestar servicios en el sector público” desde el 28 de julio de 2015, fecha en que pasó a prestar servicios como Facultativo Especialista en Radiodiagnóstico en el Hospital Universitario de Guadalajara, perteneciente al Servicio de Salud de CastillaLa Mancha.

En el plazo habilitado al efecto, se ha recibido en la sede del Tribunal escrito de la interesada confirmando que se encuentra en el Servicio Madrileño de Salud en situación de “excedencia por prestar servicios en el sector público” y que en la actualidad ostenta plaza como Facultativo Especialista en Radiodiagnóstico en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

La situación de excedencia es, por principio, la opuesta a la de servicio activo pues queda en suspenso la relación y el servicio, por tanto, la interesada no cumple el requisito de servicio activo.

Por tanto, esta Dirección General emite Resolución por la que se procede a la exclusión de doña Irene Zabala Martín-Gil de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Radiodiagnóstico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, por incumplimiento de requisitos.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de acuerdo con lo previsto en la base segunda de la convocatoria en sus apartados 2.1.i) y 2.3., y al amparo de las competencias atribuidas en el Decreto 196/2015, de 4 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 6 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Declarar la exclusión de las pruebas selectivas, por el turno de promoción interna, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Radiodiagnóstico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, de doña Irene Zabala Martín-Gil, con DNI número 50316163-Y, por incumplir el requisito exigido en la base 2.1.i) de la convocatoria “Estar en servicio activo”, en relación con lo establecido en la base 2.3 de la convocatoria, “Los requisitos establecidos en la base segunda, deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Dada en Madrid, a 9 de octubre de 2017.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Pablo Calvo Sanz.

(03/34.517/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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