Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2017

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171024-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

162
Móstoles número 2. Ejecución 78 de 2017, notificación a Gestigrupoma Conlim Jarpis 2015, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles, HAGO SABER:

Que en la Ejecución 78/2017, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ANA MARIA PULIDO PRIETO frente a D. MIGUEL ANGEL ROLDAN PAVON sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Diligencia de Ordenación de fecha 28/09/2017, del tenor literal siguiente :

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA

En Móstoles, a veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete

Únase escrito de Dª Mª Nieves Rodeiro Nieves, letrada de Dª Ana Mª Pulido Prieto por el que solicita la ampliación de la demanda de ejecución del acuerdo judicial de fecha 03/11/2016, interpuesta en su día contra D. MIGUEL ANGEL ROLDAN PAVON, contra las mercantiles SERGRUPOMA CONSERJES LIMPIADORES JARDINEROS SL, LIMCOPI SOCORRISMO Y PISCINAS SL, y GESTIGRUPOMA CONLIM JARPIS 2015 SL, citándose a todas las partes para el próximo día 14/12/2017 a las 11,20 horas, a incidente de ampliación de ejecución, que tendrá lugar en la Sala de Vistas de este juzgado, sita en C/San Antonio nº4 y 6 de Móstoles, planta baja, sirviendo la presente como citación en forma.

MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander con nº 2851-0000-64-0078-17 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GESTIGRUPOMA CONLIM JARPIS 2015 S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles , a seis de octubre de dos mil diecisiete .

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.269/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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