Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
23-10-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171023-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

CONTRATACIÓN

54
Valdemorillo. Contratación. Adjudicación contrato colaboración gestión tributaria

Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valdemorillo, por el que se adjudica el siguiente contrato:

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Valdemorillo (Madrid).

b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Secretaría.

2. Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: contratación administrativa del Servicio de Colaboración en la Gestión Tributaria y Recaudatoria de los Recursos Económicos del Ayuntamiento de Valdemorillo en fase ejecutiva.

b) Tipo de contrato: servicios.

c) Plazo de duración: dos años.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: abierto.

c) Forma: oferta económicamente más ventajosa atendiendo a varios criterios de adjudicación.

4. Valor estimado del contrato: 100.000,00 euros anuales, sin IVA (200.000,000 euros por la duración establecida en el contrato, IVA no incluido).

5. Presupuesto base de licitación:

— Importe neto: 200.000,00 euros.

6. Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación: 12 de julio de 2016.

b) Fecha de formalización del contrato: 1 de agosto de 2016.

c) Contratista: “Infaplic, Sociedad Anónima”. CIF número: A-80683071.

d) Importe o canon de adjudicación:

— Importe neto: los porcentajes por conceptos ofertados por el contratista y aceptados por el Ayuntamiento:

• Recaudación ejecutiva: sobre las cantidades recaudadas e ingresadas en las arcas municipales por recargo de apremio reducido y ordinario, el 80,00 por 100.

• Recaudación ejecutiva: sobre las cantidades recaudadas e ingresadas en las arcas municipales por intereses de demora, el 45,00 por 100.

• Por la colaboración en la tramitación de expedientes de derivación de responsabilidad y de deudas afectas por ley al pago de la deuda tributaria o hipoteca legal tácita cuando el pago se produzca en período voluntario, sobre el importe principal recaudado en cada expediente, el 13,00 por 100.

En los precios señalados anteriormente no se encuentra incluido el IVA. Por aplicación de los precios expresados, nunca se podrá superar el importe del presupuesto que sirvió de base a la licitación de este contrato, como valor estimado máximo del mismo, de 100.000 euros anuales, sin IVA (200.000 euros por la duración establecida de la presente contratación, IVA no incluido).

Lo que se hace público a los efectos del artículo 154 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Valdemorillo, a 29 de junio de 2017.—La alcaldesa, Gema González Fernández.

(02/27.119/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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