Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
20-10-2017

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171020-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 16 de octubre de 2.017 (punto 15), por la que se convocan las subvenciones para el Fomento del Uso Eficiente y Sostenible de las Tecnologías de la Información. FUENTIC-2017.

BDNS (Identif.): 366876

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero.—Se consideran beneficiarios de estas subvenciones Institutos Públicos de Educación Secundaria, Institutos Públicos de Formación Profesional, y Escuela Oficial de Idiomas de Fuenlabrada. Se incorpora Anexo VI relativo a los centros destinatarios (15).

Segundo.—El objetivo de estas ayudas es potenciar el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones entre jóvenes de doce a dieciocho años.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica de 30.000,00 euros, con un importe máximo por centro educativo de (2.000,00 euros).

Quinto.—El plazo de presentación de solicitudes se iniciará con la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, finalizando quince días después.

Sexto.—El importe máximo a conceder por centro es de 2.000,00 euros, para el suministro de equipamiento TIC, considerando este:

a. Equipos físicos (hardware): ordenadores de puesto, portátiles, tablet, periféricos (pantallas, escáner, impresoras, ratones, digitalizadores, altavoces, grabadoras), multimedia (proyectores y pizarras digitales).

b. Equipos lógicos: aplicaciones informáticas, sistemas operativos.

c. Ampliación o mejora del acceso a Internet de banda ancha ya existente en el centro.

Pago: el pago se realizará de manera anticipada, una vez resuelta la concesión definitiva.

Justificación: se realizará antes del 31 de marzo de 2018.

Fuenlabrada, a 17 de octubre de 2017.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(03/34.219/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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