Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
20-10-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171020-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Alcalá de Henares. Régimen económico. Padrón servicio protocolos notariales

Edicto de aprobación del padrón correspondiente a la tasa por prestación del servicio de custodia y préstamos de protocolos notariales de 2017.

Habiéndose aprobado por decreto del concejal-delegado de Hacienda el padrón correspondiente la tasa por prestación del servicio de custodia y préstamos de protocolos notariales de 2017.

Se establece como plazo de pago en período voluntario del 20 de noviembre de 2017 al 22 de enero de 2018 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.

El recibo que conforma el padrón podrá abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público.

Haciéndose constar que se notificará el respectivo recibo mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la vigente Ley General Tributaria.

Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.

Contra el citado recibo se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición al público del padrón, ante la Concejalía Delegada de Hacienda.

Alcalá de Henares, a 22 de septiembre de 2017.—El concejal delegado de Hacienda, Fernando Fernández Lara.

(02/32.029/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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