Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
20-10-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171020-172

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

172
Madrid número 38. Procedimiento 378 de 2017, notificación a Restarco, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 378/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CHRISTIAN ORTIZ CADENA frente a RESTARCO SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por don CHRISTIAN ORTIZ CADENA contra RESTARCO S.L., y con intervención de FOGASA, en reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a RESTARCO S.L., a abonar a don CHRISTIAN ORTIZ CADENA la cantidad de 878,65 euros netos (Ochocientos setenta y ocho euros, con sesenta y cinco céntimos), cantidad que será incrementada con el 10% de interés por mora, desde la interposición de la demanda.

En cuanto al FOGASA, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme ya que, contra la misma NO CABE INTERPONER RECURSO.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RESTARCO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de septiembre de dos mil diecisiete.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/32.195/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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