Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
19-10-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171019-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

143
Madrid número 27. Ejecución 71 de 2017, notificación a Anvega Constructec, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELISA CORDERO DIEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 71/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DIONISIO NEVADO RICO y D./Dña. JULIAN GARCIA LOPEZ frente a ANVEGA CONSTRUCTEC S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de auto a favor de la parte ejecutante, D./Dña. DIONISIO NEVADO RICO y D./Dña. JULIAN GARCIA LOPEZ, frente a la demandada ANVEGA CONSTRUCTEC S.L., parte ejecutada, por un principal de 35.443,04 euros, más 1.772,15 euros y 3.544,30 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Habiéndose realizado por los medios telemáticos de este Juzgado averiguación patrimonial del ejecutado sin que de la misma hayan resultado bienes susceptibles de embargo se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por plazo de CINCO DIAS, al amparo de lo dispuesto en el artículo 276.3 de la L.J.S, a fin de que inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes del deudor de los que tenga constancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANVEGA CONSTRUCTEC S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.902/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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