Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
13-10-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171013-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento

53
Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria

Acuerdo del Pleno, de 27 de septiembre de 2017, por el que se aprueba la concesión de un suplemento de crédito por importe de 30.842,04 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo; Desarrollo Urbano Sostenible; y Medio Ambiente y Movilidad).

El Pleno del Ayuntamiento en sesión (26/2017), ordinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:

«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 30.842,04 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

— 1.570,17 euros, en la aplicación presupuestaria 001/027/231.03/227.06, “Estudios y trabajos técnicos”, del programa 231.03, “Personas mayores y servicios sociales”, del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

— 25.271,87 euros, en la aplicación presupuestaria 001/087/151.03/227.03, “Gastos por acción subsidiaria”, del programa 151.03, “Ejecución y control de la edificación”, del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

— 4.000,00 euros, en la aplicación presupuestaria 001/097/170.00/445.01, “A la Empresa Municipal de Transportes, Sociedad Anónima”, del programa 170.00, “Dirección y Gestión administrativa de Medio Ambiente y Movilidad”, del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

La citada modificación se financia con el remanente líquido de tesorería afectado a gastos con financiación afectada obtenido de la liquidación del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2016».

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Madrid, a 27 de septiembre de 2017.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/32.261/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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