Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171010-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83

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Madrid número 83. Procedimiento 347 de 2015, notificación a Pedro Moreno Hernández

EDICTO

Doña María Soravilla García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 83.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 347 de 2015, instados por la procuradora doña María del Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de doña Agustina Hernández de la Cruz, contra don Pedro Moreno Hernández, en reclamación de, en los que se ha dictado, en fecha 17 de julio de 2017, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 304 de 2017

Juez/magistrado-juez: don David Rodríguez Fernández-Yepes.

Lugar: Madrid.

Fecha: 17 de julio de 2017.

Que en este Juzgado han sido vistos los autos de juicio ordinario número 347 de 2015 por don David Rodríguez Fernández-Yepes, ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid, actuando como demandante doña Agustina Hernández de la Cruz, representada por la señora procuradora doña María Carmen Ortiz Cornago y defendida por el señor letrado don Ignacio Esteban Monasterio, y como demandado, don Pedro Moreno Hernández, sin representación ni defensa técnicas.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación de doña Agustina Hernández de la Cruz contra don Pedro Moreno Hernández, debo declarar y declaro haber lugar a:

a) Condenar al demandado a pagar a la actora la cantidad de 26.321,15 euros.

b) Condenar al demandado a pagar a la actora los intereses legales de la anterior cantidad.

c) Imponer al demandado el pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá interponerse en este mismo Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación, siendo necesario depósito por valor de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Pedro Moreno Hernández y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/30.893/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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