Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2017

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171009-11

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 2968/2017, de 19 de septiembre, por la que se desestiman solicitudes presentadas al amparo de la Orden 5088/2016, de 23 de diciembre, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para la producción cinematográfica de cortometrajes en 2017.

La Oficina de Cultura y Turismo, a través de la Dirección General de Promoción Cultural, tiene como objetivo el fomento y desarrollo de las artes audiovisuales y del cine.

Mediante la Orden 5088/2016, de 23 de diciembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, se establece la convocatoria de ayudas a empresas productoras para la producción de cortometrajes en 2017 (publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de enero).

La Comisión Sectorial de Cine y del Audiovisual del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, en su sesión del día 23 de junio, elaboró una propuesta de resolución en la que aparecen solicitantes que, por diversos motivos, no pueden ser beneficiarios de la misma.

Por ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Desestimar a los solicitantes que se señalan a continuación por los motivos que se especifican, al amparo de la Orden 5088/2016, de 23 de diciembre, de ayudas a empresas privadas para la producción de cortometrajes en 2017.

Artículo 2

La Orden objeto de la presente notificación pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de septiembre de 2017.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, PD (Orden 1768/2015, de 10 de agosto), la Directora General de Promoción Cultural, María Pardo Álvarez.

(03/31.884/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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