Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
05-10-2017

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171005-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

40
Leganés. Régimen económico. Bases subvenciones

Modificación del anuncio 03/18.544/17, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138, de 12 de junio de 2017, por el que se publicaba el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, del excelentísimo Ayuntamiento de Leganés, que aprobó, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de mayo de 2017, punto 6 del orden del día, las bases reguladoras de la concesión de Subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que han colaborado con el Ayuntamiento en tareas de Educación Básica de Adultos no formal, durante el curso académico 2016-2017, con un gasto máximo de 25.000,00 euros.

En Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de Leganés, se ha aprobado, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2017, punto 4 del orden del día, el aumento de la dotación económica y modificación de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que han colaborado con el Ayuntamiento en tareas de Educación Básica de Adultos no formal, durante el curso académico 2016-2017, consistente en:

1. Aprobación del aumento en 10.000,00 euros de la dotación económica inicialmente aprobada de 25.000,00 euros, resultando un total de 35.000,00 euros el gasto total comprometido con cargo a la aplicación presupuestaria 07/3261/48901.

2. Modificación del apartado tercero, punto 2, de las bases reguladoras de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que han participado en tareas de Educación Básica de Adultos no reglada, en el programa de “Leganés contra el analfabetismo” de la Universidad Popular de Leganés año 2017, aprobadas en Junta de Gobierno Local del 16 de mayo de 2017.

Por lo expuesto, el anuncio 03/18.544/17, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138, de 12 de junio de 2017, debe modificarse en el apartado tercero de las bases en los siguientes términos:

Donde dice:

“Tercera. Financiación.

…/…

2. La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 25.000 euros, en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos las aplicaciones presupuestarias que se detallan del presupuesto del ejercicio 2017.

…/…”.

Debe decir:

“Tercera. Financiación.

…/…

2. La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 35.000 euros, en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos las aplicaciones presupuestarias que se detallan del presupuesto del ejercicio 2017.

…/…”.

Permaneciendo invariable el resto de las bases.

Leganés, a 21 de septiembre de 2017.—El concejal-delegado de Cultura, Festejos y presidente J. D. San Nicasio, Luis Martín de la Sierra Martín de la Sierra.

(03/31.120/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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