Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
04-10-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171004-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64

87
Madrid número 64. Procedimiento 355 de 2016, notificación a Luis Alberto Aznar Sánchez

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 355 de 2016-L, entre “Cafés Novell, Sociedad Anónima”, frente a don Luis Alberto Aznar Sánchez y la entidad “Servicios de Restauración Catering y Organización de Eventos Oxen, Sociedad Limitada”, en reclamación de 4.412,50 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimo la demanda formulada por el procurador don Carmelo Olmos Gómez, en nombre y representación de “Cafés Novell, Sociedad Anónima”, contra “Servicios de Restauración, Catering y Organización de Eventos Oxen, Sociedad Limitada” y don Luis Alberto Aznar Sánchez y, en su consecuencia, declaro la resolución del contrato de suministro en exclusiva que vinculaba a las partes y, asimismo, condeno a dichos demandados a que conjunta y solidariamente paguen a la actora la cantidad principal de 4.412,50 euros, más con los intereses arriba indicados y con expresa condena al pago de las costas de este juicio.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte diías, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2661-0000-03-0355-16 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 2661-0000-03-0355-16.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a don Luis Alberto Aznar Sánchez y la entidad “Servicios de Restauración Catering y Organización de Eventos Oxen, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Madrid, a 5 de septiembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/30.717/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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