Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
04-10-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171004-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

134
Madrid número 20. Ejecución 60 de 2017, notificación a José Ignacio Menéndez Sainz

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Lucía Beltrán Fernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 60 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Obejo Moya, frente a Fondo de Garantía Salarial y don José Ignacio Menéndez Sainz, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 2 de marzo de 2017.

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Ángel Obejo Moya, frente a don José Ignacio Menéndez Sainz.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2518-0000-64-0060-17.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social don Javier Carazo Rubio.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Ignacio Menéndez Sainz, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 5 de septiembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/30.304/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171004-134