Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2017

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171003-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Guadarrama. Régimen económico. Modificación presupuestaria

De conformidad con el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de disposiciones vigentes en materia de régimen local, y no habiéndose presentado alegaciones a la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos 2017-MC-14 en la modalidad de crédito extraordinario financiado mediante remanente líquido de Tesorería para gastos generales, para la actuación de Parque Forestal y de Ocio “La Serrana”, mediante decreto de Alcaldía 285/2017, de 18 de septiembre, se resuelve:

Declarar aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos 2017-MC-14, en la modalidad de crédito extraordinario financiado mediante remanente líquido de Tesorería para gastos generales, de acuerdo con al siguiente desglose:

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, según lo establecido en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Guadarrama, a 18 de septiembre de 2017.—La alcaldesa, Carmen María Pérez del Molino.

(03/30.611/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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